Subsidio del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) 2021 en el Estado de México

Subsidio del Impuesto Sobre Erogaciones (ISERTP) 2021 en el Estado de México
El Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal (ISERTP), es un pago por concepto de remuneración al trabajo personal prestado que realizan en efectivo o especie, las personas físicas o jurídicas colectivas (incluidas las asociaciones en participación), que sean propietarios de una empresa y dispongan de una plantilla de trabajadores. La obligación comienza desde el momento en el que se contrata a una o más personas para que presten sus servicios ante la dirección y dependencia de un patrón, por lo que, en cada ejercicio fiscal correspondiente, el patrón debe incluir esta información en las declaraciones de la empresa.


Este impuesto es de carácter local, cada estado dictamina cuál es el porcentaje que los contribuyentes / patrones deben pagar y va desde el 0.5% hasta el 3%. La omisión del pago generará multas y sanciones.


Debido a la pandemia de covid-19 y las implicaciones económicas que ha tenido para todo tipo de empresas pero principalmente Pymes, algunos gobiernos estatales han decidido otorgar subsidios al ISERTP bajo determinadas condiciones, para mitigar el impacto negativo sobre estas empresas, promover una recuperación económica gradual y evitar el desempleo; es cuestión de verificar los requisitos para solicitarlos en las oficinas de la Secretaría de Finanzas del estado en el que la empresa se encuentre en operaciones.


Por ejemplo, en el Estado de México desde el año pasado se otorgaron subsidios del 50% en el pago del ISERTP para micro y pequeñas empresas que contaran hasta con 50 trabajadores. Durante el transcurso de este 2021, incluso se han otorgado subsidios de hasta el 100% en el pago del ISERTP, siempre y cuando se trate de contribuyentes que generen nuevos empleos en la entidad para trabajadores mayores de 60 años, para recién egresados de estudios técnicos o profesionales en el transcurso de los años 2019, 2020 y 2021, para personas pertenecientes a alguna comunidad indígena o personas liberadas con motivo de amnistía estatal; también son candidatas aquellas empresas que en 2021 inicien operaciones con domicilio en el Edomex, empresas que incrementen su plantilla laboral o empresas que generen nuevas plazas para personas que hayan perdido su trabajo en el transcurso de marzo a diciembre de 2020. Por último, aquellas empresas que tengan fuentes de empleo en cualquier otra entidad federativa y realicen el cambio de las mismas al Estado de México.


El plazo durante el que tendrá validez el subsidio depende de en cuál o cuáles de las situaciones anteriores se encuentre la empresa contribuyente y si cumple con todos los requisitos establecidos por la Secretaría de Finanzas, esto deberá ser revisado con detenimiento en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.


Finalmente, cabe mencionar que funciona de igual forma en el caso de que la empresa interesada se encuentre en otra entidad de la República Mexicana, cada estado tiene sus propios requisitos y restricciones y es pertinente consultarlos con la autoridad correspondiente.

 

Información recuperada de:
• Gobierno del Estado de México, (2021). Periódico Oficial Gaceta del Gobierno. https://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/ReadFile.jsp?File=Reglas_Caracter_General_2021.pdf
• Impuesto sobre erogaciones, (s.f). Secretaría de finanzas Edomex. https://finanzas.edomex.gob.mx/impuesto_sobre_erogaciones
• Conozca los beneficios fiscales del Edo. Mex para 2021 y 2023, (s.f). Capacitación fiscal y para constructoras. https://gmcapacitacion.com/cursos-fiscales-2020/noticias-fiscales-1/19-noticias/653-conozca-los-beneficios-fiscales-del-edo-mex-para-2021-y-hasta-2023
• Beneficio a 43,000 compañías en EdoMex, (27/03/2020). El Economista. https://www.eleconomista.com.mx/estados/Beneficio-a-43000-companias-en-EdoMex-20200327-0034.html

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